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Fuga de datos: qué comunicar a la ANPD en tres días hábiles

El martes por la mañana, TI dice que "unos miles de clientes" fueron afectados. El plazo de tres días hábiles ya corre, y la comunicación tiene que salir con números que nadie midió.

El curso

Por qué este curso

Cuándo comunicar, qué exige cada campo, cómo avisar a los titulares y cómo el dictamen sostiene la complementación y la defensa.

La LGPD (ley brasileña de protección de datos) obliga a comunicar a la ANPD (Agencia Nacional de Protección de Datos de Brasil) y a los titulares el incidente que pueda acarrear riesgo o daño relevante. El reglamento de la ANPD da tres días hábiles, contados desde que el controlador sabe que se afectaron datos personales, y pide doce informaciones. Casi todas son hechos técnicos: datos afectados, número de titulares, personas vulnerables, fecha, causa.

En las primeras horas, esos hechos son estimaciones, y la estimación se equivoca en ambos sentidos. El personal que se siente culpable minimiza. Otro reporta un incidente mayor de lo que el análisis muestra después. La diferencia causa extrañeza en la ANPD y genera pedidos de información complementaria.

El curso muestra cómo comunicar con lo que se sabe, marcar lo que es estimación, complementar con un dictamen pericial y guardar el registro que pesa después.

Duración2 horas
RutaIncidentes, datos y compliance
FormatoPresencial o en línea en vivo, en grupo abierto o in company. Impartido en portugués, según el derecho brasileño
Para quiénAbogados de protección de datos, empresariales y de litigios, encargados de protección de datos (DPO), compliance y departamento jurídico interno.
InstructorAdriano Vallim, Perito Forense y Especialista en Delitos Digitales
CertificadoDe participación, con la carga horaria del curso, para todos los participantes

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Al final, usted sabrá

Lo que cambia en su próximo caso

  • Decidir, con base técnica, si el incidente cumple los criterios de comunicación.
  • Fijar y documentar el momento en que el plazo empieza a correr.
  • Vincular cada campo de la comunicación con la fuente técnica que lo responde.
  • Organizar a los titulares en grupos de exposición, con los vulnerables contados aparte.
  • Usar la complementación con un dictamen que confronta lo declarado con lo medido.
  • Exigir la prueba de las medidas de mitigación, que pesa en la graduación de la sanción.
Programa

2 horas, bloque por bloque

0:00
El número de las primeras horas 10 min
  • Caso de apertura
  • La estimación que se equivoca en ambos sentidos
  • Número sin fuente
0:10
Comunicar o no, y cuándo empieza a correr el reloj 20 min
  • LGPD, art. 48, y los criterios del reglamento
  • El conocimiento de que se afectaron datos personales
  • Agente de pequeño porte y el informe de no comunicación
0:30
Lo que pide la ANPD, campo por campo 25 min
  • Las doce informaciones y la fuente de cada una
  • Medido, estimado, desconocido
  • Complementación en veinte días hábiles
  • Confidencialidad de la infraestructura en anexo
0:55
Titulares, registro y graduación de la sanción 30 min
  • La comunicación al titular
  • Grupos de exposición y vulnerables
  • Dato común y dato sensible en el STJ
  • Registro por cinco años y medidas comprobadas
1:25
Ejercicio: la comunicación con lo que se sabe 20 min
  • Escenario de fuga en una base de clientes
  • Clasificar cada campo
  • Plan para la complementación
1:45
Preguntas y casos del público 15 min
  • Casos de los participantes, sin identificación
  • Comunicar, complementar o registrar
  • Puente al curso de las primeras horas
Casos en clase

Los casos que entran en la clase

CASO REAL · ANONIMIZADO

Dictamen para un incidente a gran escala

Una empresa necesitaba comunicar a la ANPD un incidente a gran escala, y los números de las primeras horas eran estimaciones. El peritaje delimitó el incidente, separó a los titulares en grupos de exposición, identificó a los vulnerables y segregó los detalles técnicos en un anexo confidencial. El dictamen dio base a la complementación.

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CASO REAL · ANONIMIZADO

La acción de privacidad cerrada sin peritaje judicial

Una empresa fue acusada de compartir, a través de su sitio web, datos de usuarios sin consentimiento. El informe técnico examinó los scripts, los datos enviados en cada flujo y la copia del sitio presentada por la demandante, y demostró que no hubo violación. El caso se cerró sin peritaje judicial.

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EJEMPLO ILUSTRATIVO

La base de matrículas

Una escuela percibe que alguien copió la base de matrículas, con datos de alumnos menores de edad y de sus responsables. El plazo ya corre, y nadie sabe cuántos alumnos fueron afectados. El peritaje preserva los registros, delimita el período y la cuenta utilizada, cuenta aparte a niños y adolescentes y entrega primero lo que exige la comunicación.

Práctica y material

Para usar al día siguiente

Ejercicio práctico

En grupos, los participantes reciben el escenario de una fuga en una tienda en línea, con lo que TI sabe 30 horas después del descubrimiento. En 15 minutos, marcan cada uno de los doce campos como medido, estimado o desconocido, indican la fuente técnica que lo cierra y deciden qué queda para la complementación.

Material entregado
  • Cuadro de los campos de la comunicación a la ANPD: las doce informaciones del reglamento y la fuente técnica de cada una.
  • Lista de verificación del plazo de tres días hábiles: qué registrar, decidir y comunicar antes de que venza el plazo.
  • Matriz de grupos de exposición: cómo agrupar a los titulares según el dato afectado y qué recomendar a cada grupo.
  • Guion del registro del incidente: los elementos mínimos del registro que se guarda por cinco años.
Dudas sobre el tema
¿Todo incidente debe comunicarse a la ANPD?
No. Solo el que puede afectar significativamente a los titulares e involucra al menos un criterio: datos sensibles, de niños, adolescentes o personas mayores, financieros, de autenticación, protegidos por secreto o a gran escala (Resolución CD/ANPD nº 15/2024, art. 5º). El incidente no comunicado también se registra.
¿Se puede comunicar con números estimados?
El reglamento admite complementar, de forma fundamentada, en hasta veinte días hábiles (Resolución CD/ANPD nº 15/2024, art. 6º, § 3º). El punto técnico es marcar la estimación y tener la fuente que la va a cerrar: el dictamen.
¿Quién hace la comunicación, el perito o la empresa?
El controlador, por medio del encargado o de un representante. El peritaje da soporte técnico y produce el dictamen. El perito no representa a la empresa ante la ANPD.

Normas y decisiones analizadas

LGPD (ley brasileña de protección de datos), art. 48  ·  LGPD, arts. 43 y 55-A  ·  Resolución CD/ANPD nº 15/2024 (reglamento de comunicación de incidentes), arts. 3º, 5º a 10  ·  Resolución CD/ANPD nº 4/2023 (reglamento de dosimetría de sanciones), arts. 8º y 13  ·  STJ (Superior Tribunal de Justicia brasileño), AREsp 2.130.619/SP  ·  STJ, REsp 2.121.904/SP

Consulte también

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