El cliente llega con una carpeta de capturas de pantalla y dice que todo está allí. En la contestación, la otra parte presenta las suyas, y las dos conversaciones parecen igual de verdaderas.
Lo que prueban la captura de pantalla, la exportación, la captura certificada, el acta notarial y la extracción forense, cómo se forja una conversación y cómo el peritaje separa lo auténtico de lo fabricado.
Una captura de pantalla es la fotografía de una pantalla. No lleva los registros internos de la aplicación ni muestra de qué dispositivo salió. Con dos celulares, cualquier persona arma una conversación convincente en pocos minutos.
La captura certificada y el acta notarial registran mejor lo que mostraba la pantalla, pero no dicen si la conversación existió tal como aparece. Impugnado el mensaje impreso, el CPC (Código Procesal Civil brasileño) manda presentar la autenticación electrónica o realizar un peritaje (CPC, art. 422, § 1º y § 3º). Y el STJ (Superior Tribunal de Justicia brasileño) viene ordenando peritajes cuando hay una duda razonable sobre la integridad.
Con demostración en vivo y casos del laboratorio, Adriano Vallim, Perito Forense y Especialista en Delitos Digitales, muestra lo que sostiene cada forma de prueba y cómo el peritaje separa lo auténtico de lo fabricado.
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Un candidato presentó en un proceso electoral archivos PDF con capturas de supuestas conversaciones de grupo. El peritaje reprodujo las pantallas en minutos, con dispositivos comunes. Las capturas traían los vestigios del montaje, y el dictamen pericial declaró el fraude.
Un comerciante reclamaba ventas con tarjeta que, según él, no se le habían acreditado, y presentó más de una decena de comprobantes en papel térmico. El peritaje consultó la base del autorizador y registró la diligencia en acta notarial: todos eran forjados.
Una empresa recibe capturas de conversaciones de un colaborador, tomadas por un colega en una computadora en la que la sesión de WhatsApp Web quedó abierta. Quien tiene la sesión puede enviar y borrar mensajes en nombre del titular. La prueba nace con un acceso sin legitimidad y con una manipulación que no se puede descartar.
Cada grupo de tres recibe cuatro capturas hechas para la clase, con nombres ficticios: algunas auténticas, otras montadas. En 15 minutos, con la lista de verificación del material, el grupo decide, captura por captura, lo que la imagen permite afirmar, qué señales aparecen y qué pedir. Después, el instructor revela cómo se hizo cada captura.
Normas y decisiones analizadas
CPC, art. 422, caput, § 1º y § 3º · CPC, art. 422, caput, § 1º y § 3º · STJ (Superior Tribunal de Justicia brasileño), RHC 99.735/SC, Sexta Sala, juzgado el 27/11/2018, resumen citado en el AgRg no RHC 133.430/PE · STJ, AgRg no RHC 133.430/PE, Sexta Sala, nota de prensa del 9/3/2021 · STJ, AgRg no HC 828.054/RN, Quinta Sala, juzgado el 23/4/2024, Informativo 811 · STJ, AgRg no HC 943.895/PR, Quinta Sala, juzgado el 3/9/2025, DJEN 8/9/2025 · STJ, AgRg no AREsp 2.967.267/SC, Quinta Sala, juzgado el 21/10/2025, Informativo 869 · STJ, AgRg no HC 1.014.212/ES, Sexta Sala, juzgado el 10/2/2026, Informativo 878 · STJ, HC 1.054.038/SP, Sexta Sala, juzgado el 10/3/2026, Informativo Edición Extraordinaria 33 · STJ, Inq 1.674/DF, Corte Especial, juzgado el 6/5/2026, Informativo 891 · STJ, nota de prensa del 3/6/2026, Jurisprudência em Teses, edición 281
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